El programa de apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI) tiene como objeto mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas. Para ello prevé apoyar con recursos públicos las estrategias de innovación y competitividad empresarial desarrolladas por parte de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI) que se reconozcan como tales como consecuencia de su inscripción en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio.
Los tipos de actuaciones y proyectos susceptibles de recibir las ayudas del programa podrán ser los siguientes:
Línea 1. Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras
Podrán optar a las ayudas que se convoquen a través de esta línea las AEI incipientes, considerando como tales las recientemente constituidas, en proceso de consolidación, con una antigüedad de un máximo de 4 años desde su fecha de constitución.
Línea 2. Estudios de viabilidad técnica.
Los estudios que se presenten a través de esta línea estarán enfocados a la definición de proyectos destinados a ser presentados a futuras convocatorias de los siguientes programas:
Línea 3. Proyectos de Tecnologías Digitales.
Los proyectos presentados en este epígrafe deberán incorporar conocimientos y/o tecnologías que promuevan la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de las siguientes categorías:
La convocatoria de ayudas públicas en régimen de concurrencia competitiva para dar apoyo financiero a las pequeñas y medianas empresas con el objetivo de mejorar la competitividad.
Las ayudas van dirigidas a colectivos empresariales que cumplan con los requisitos y tengan las características de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI) establecidos en la Orden IET/1444/2014, de 30 de julio, por la que se regula el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras.
Estas ayudas se otorgan de conformidad con el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado
Tipo de ayuda: subvención y se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva.
Importe total a conceder: se establecerá a nivel de Convocatoria.
Beneficiarios: Las asociaciones empresariales innovadoras que se encuentren inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y para las actuaciones en colaboración, además de éstas, también los miembros de las mismas y deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Finalidad: Favorecer el fortalecimiento de los colectivos empresariales que reúnan las características, finalidades y requisitos de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI).
Tipos proyectos:
Línea 1. Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras
Podrán optar a las ayudas que se convoquen a través de esta línea las AEI incipientes, considerando como tales las recientemente constituidas, en proceso de consolidación, con una antigüedad de un máximo de 4 años desde su fecha de constitución mediante la financiación de parte de los costes del personal y de los gastos de administración y funcionamiento.
Línea 2. Estudios de viabilidad técnica.
Los estudios que se presenten a través de esta línea estarán enfocados a la definición de proyectos destinados a ser presentados a futuras convocatorias de los siguientes programas:
Línea 3. Proyectos de Tecnologías Digitales.
Los proyectos presentados en este epígrafe deberán incorporar conocimientos y/o tecnologías que promuevan la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de las siguientes categorías:
Plazo de ejecución del proyecto: La fecha de inicio de la actuación no podrá ser anterior al día de presentación de la solicitud en el registro del Ministerio. El plazo de ejecución se fijará a nivel de Convocatoria.
Órgano Convocante: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Regiones de destino: España.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las actuaciones objeto de ayuda no podrán haber comenzado con anterioridad a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud de ayuda.
Fuente: Portal Ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas/AgrupacionesEmpresariales/Paginas/Index.aspx